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DOI: |
Los delitos de obstrucción a la justicia |
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Palabras clave: |
Resumen |
Los delitos de obstrucción a la justicia son figuras que atentan contra la Administración de Justicia y que, además, generalmente se legitiman por la infracción al deber que subyace como fundamento del tipo. Desde esta perspectiva se analiza por separado las tres formas del delito que están contenidas en los artículos 269 bis y 269 ter: a) rehusar a proporcionar a los tribunales de justicia antecedentes conocidos o que se posean y que permitan establecer la existencia de un delito o la participación punible en él; b) destruir, ocultar o inutilizar el cuerpo, los efectos o instrumentos de un crimen o simple delito, con posterioridad a su descubrimiento; y c) ocultar, alterar o destruir cualquier antecedente, objeto o documento que permita establecer la existencia de un delito, la participación punible en él, o que pueda servir para la determinación de la pena, si el que lo hiciere fuere un fiscal del Ministerio Público. |
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