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DOI: |
Celebración de matrimonios religiosos civilmente ilegales en Chile |
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Palabras clave: |
Resumen |
Después de 120 años sin variaciones significativas, la nueva Ley de matrimonio civil reformuló en 2004 el párrafo del Código Penal dedicado a la celebración de matrimonios ilegales, derogando algunos artículos y modificando otros. Una de las orientaciones perceptibles, es la renovada consideración del matrimonio religioso. En este trabajo se analizan dogmáticamente los delitos indicados, destacando la categoría de los matrimonios religiosos civilmente ilegales y, en especial, la situación del matrimonio canónico. Para efectos de orden y sistematización, el trabajo se desarrolla en cuatro partes: la primera se refiere a los matrimonios ilegales; la segunda, al bien jurídico protegido por los delitos contemplados en el párrafo de la celebración de matrimonios ilegales; la tercera, al análisis particular de los delitos; y la cuarta, al proceso penal.
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